APRUEBAN EN COMISIÓN DE ECOLOGÍA APLICAR MULTAS POR UTILIZAR VEHÍCULOS TIRADOS POR ANIMALES PARA RECOLECCIÓN DE DESECHOS

EL USO DE ANIMALES EN ESTAS TAREAS VULNERA LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE BIENESTAR ANIMAL: DIP. MARTHA PATRICIA ARADILLAS

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para aplicar multas por utilizar vehículos tirados por animales para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos.

La presidenta de la comisión legislativa diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas fue la promotora de la iniciativa y expuso que no pretende criminalizar la pobreza, sino generar un marco normativo que acompañe políticas públicas de inclusión, capacitación y reconversión laboral.

Así, el artículo 127 establece que: se sancionará con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente, a quienes cometan los siguientes actos: Fracción V, utilizar vehículos tirados por animales para la recolección de fierro, basura o residuos domésticos y VI, colocar sobre la piel productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier índole, excluyéndose el tatuaje de identificación o reconocimiento de raza.

En la exposición de motivos señala que “la protección y bienestar de los animales forman parte de una visión ética y legal cada vez más respaldada por tratados internacionales, leyes estatales y ordenamientos municipales. Esta iniciativa se enmarca en el compromiso por construir una sociedad más justa, compasiva y responsable con su entorno”.

En la Ley de Protección a los Animales para el Estado queda definido como animal para monta, carga, tiro y labranza: los caballos, yeguas, ponis, mulas, asnos, reses, sus mezclas y demás análogos que son utilizados por el ser humano para transportar personas o productos, para realizar trabajos de tracción y/o que su uso reditúe beneficios económicos a su propietario, poseedor o encargado.

Sancionar el uso de animales de tracción (como caballos, burros o mulas) para la recolección de basura, fierro y residuos domésticos es importante por varias razones fundamentales ya que el uso de animales en estas tareas vulnera los principios básicos de bienestar animal. Muchos de estos animales son forzados a trabajar en condiciones extremas, largas jornadas, sin agua suficiente, sin descanso y con sobrecarga de peso, caminan sobre pavimento caliente o superficies peligrosas, muchas veces sin herraduras, y sin atención veterinaria adecuada.

La diputada Aradillas Aradillas, señaló que desde la perspectiva de salud pública, la presencia de animales arrastrando y teniendo contacto directo con los desechos domésticos en la vía pública contribuye a la propagación de plagas, contaminación del entorno urbano y deterioro de las condiciones sanitarias, estos animales pueden propagar enfermedades o contaminar espacios públicos, las heces en la vía pública y la descomposición de los residuos aumenta los problemas de higiene urbana.

Esta práctica, aún común en algunos municipios, representa una grave forma de maltrato animal, además de implicar riesgos sanitarios, viales y sociales para la comunidad. Los integrantes de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente turnaron el dictamen al Pleno para su votación respectiva.