SE BUSCA SANCIONAR DE MANERA MÁS AMPLIA Y EFECTIVA LAS CONDUCTAS QUE VULNERAN LA INTIMIDAD SEXUAL DE LAS PERSONAS; PARTICULARMENTE LAS QUE SE COMETEN MEDIANTE EL USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
La diputada Jessica Gabriela López Torres, presentó ante la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, la iniciativa que busca modificar la denominación del Capítulo IV del Título Cuarto del Código Penal, que pasará de llamarse “Difusión Ilícita de Imágenes” a “Delitos contra la Intimidad Sexual”.
Explicó que el objetivo es fortalecer el marco jurídico penal del Estado para sancionar de manera más amplia y efectiva las conductas que vulneran la intimidad sexual de las personas, particularmente las que se cometen en entornos digitales mediante el uso de inteligencia artificial, manipulación de imágenes, grabaciones o difusión no consentida de contenido íntimo.
Además de ampliar el tipo penal para sancionar, no solo la difusión, sino también la grabación, almacenamiento, comercialización, alteración o manipulación de material íntimo sin consentimiento.
La legisladora indicó que con ello se incorporar nuevas agravantes, entre ellas: Si el delito es cometido por personas con vínculo de amistad, confianza, parentesco o relación afectiva con la víctima. “o Cuando la víctima sea menor de edad, persona con discapacidad o en situación de vulnerabilidad”.
López Torres, consideró que es relevante agregar una nueva fracción al artículo 230 del Código Penal, para sancionar expresamente la extorsión digital cuando se empleen imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo como medio de amenaza o coerción.
Justificó que su iniciativa responde a la expansión de la violencia digital y al uso de tecnologías como la inteligencia artificial para manipular contenido sexual sin consentimiento. “Estas conductas vulneran derechos humanos fundamentales como la dignidad, la privacidad, la libertad y el honor, especialmente de mujeres, niñas y adolescentes, quienes son las principales víctimas”.
Recordó que el marco penal vigente se considera insuficiente, ya que solo sanciona la difusión ilícita de imágenes y no otras conductas igualmente graves. “Esta reforma busca cerrar esos vacíos y brindar una respuesta jurídica integral a los delitos que lesionan la intimidad sexual. Porque la intimidad sexual no se negocia, ni se comparte sin consentimiento. Protegerla es garantizar la dignidad y los derechos humanos de todas las personas.”