PROPONEN REFORMAS AL CÓDIGO PENAL, LA LEY DE EDUCACIÓN Y LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ.
La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas y el titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, Juan Carlos Torres Cedillo presentaron en conjunto una iniciativa para modificar disposiciones del Código Penal del Estado, de la Ley de Educación del Estado y de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, con el propósito de proteger a servidores públicos en ejercicio de sus funciones, incluyendo al personal docente, al ser víctimas de denuncias falsas.
La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas manifestó que esta iniciativa se trabaja de manera conjunta con la SEGE debido a la presentación de denuncias falsas contra profesores, “y por eso estamos haciendo estas adecuaciones al Código Penal del Estado, a la Ley de Educación, y a la Ley Orgánica de la Administración Pública”.
El titular de SEGE, Juan Carlos Torres señaló que existen varios casos en la Dirección Jurídica de esta dependencia, y con esta modificación se busca dar certeza laboral a los maestros para defenderlos contra alguna acusación infundada.
“Hay de repente malos entendidos que se complican y que terminan en una denuncia penal, y como Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, aplicando nuestra normativa a lo más que podemos castigar a un compañero es en el cese, y buscamos que los compañeros que al final se compruebe que no tienen culpabilidad en algún asunto no sean separados y tengan sus derechos a salvo”
La legisladora explicó que esta propuesta contempla incluir en el apartado de Acusación o Denuncia Falsa del Código Penal del Estado, que las acusaciones falsas, que puedan llegar a realizarse de manera dolosa y con intenciones de perjudicar a la víctima, cuando sea cometida contra un servidor público en ejercicio de funciones, incluyendo al personal docente, la pena se aumente hasta en una mitad. Esto con el fin de proteger la integridad y derechos de los profesionistas que también están expuestos día con día a que se le atente en contra de ellos mismos.
Se establece en la Ley de Educación del Estado, que las autoridades educativas estatales y municipales deberán actuar con apego a los derechos humanos y la dignidad del personal docente que hayan sido denunciados por presuntos actos de violencia, acoso u hostigamiento en contra de docentes.
Así mismo, deberán llevar acabo los protocolos pertinentes que garanticen procedimientos imparciales para esclarecer los hechos preservando la presunción de inocencia, el respeto al debido proceso administrativo y medidas de protección laboral frente a actos de violencia, hostigamiento o señalamientos públicos no acreditados.
En caso de que se compruebe que la denuncia fue presentada con dolo, a través de sentencia ejecutoriada o auto de sobreseimiento de conforme con lo establecido en el art 286 bis del Código Penal del Estado, se procederá a realizar las medidas correspondientes con la finalidad de reestablecer los derechos laborales al trabajador de la educación.
Además, dentro de la Ley Orgánica de la Administración Pública se le atribuirá a la Secretaría de Educación del Estado para diseñar, implementar y supervisar los protocolos, garantizando su aplicación justa y el seguimiento de casos en los que el profesorado haya sido víctima de denuncias infundadas.
Asimismo, se incorpora a la Ley de Educación un artículo que obliga a las autoridades escolares a conducir investigaciones objetivas, preservar la presunción de inocencia del personal educativo, actuar con base en pruebas claras y turnar a la autoridad penal los casos en que se identifique falsedad dolosa.
Se indica que con esta reforma no se busca inhibir el derecho a denunciar ni minimizar los riesgos reales que pueden presentarse en distintos contextos específicamente escolares, al contrario, busca fortalecer el sistema con herramientas de verificación objetiva y proteger, con el mismo compromiso, tanto a las infancias como a quienes les enseñan.
En este caso, al proteger a nuestros docentes contra acusaciones malintencionadas, estamos protegiendo también la calidad de nuestra educación y el prestigio de nuestras instituciones educativas.
La iniciativa busca adicionar un párrafo al artículo 286 bis del Código Penal del Estado de San Luis Potosí; adicionar artículo 88 bis y reformar la fracción III del artículo 86 a la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí y adicionar la fracción XXXIII, por lo que la actual fracción XXXIII pasa a ser la fracción XXXIV al artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado del Estado de San Luis Potosí. Será turnada a comisiones para su análisis.