EN COMISIONES SE APROBÓ LA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DE AGUAS DEL ESTADO: DIP. LUIS FERNANDO GÁMEZ MACÍAS

SE ESTABLECEN LAS OBLIGACIONES PARA LOS MUNICIPIOS, ORGANISMOS OPERADORES DE AGUA EN MATERIA DE SANEAMIENTO DE CUERPOS DE AGUA

En reunión de la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización del Congreso del Estado, se aprobó la reforma a la Ley de Aguas del Estado, para adicionar el artículo 76 Bis y establecer obligaciones específicas para los municipios, organismos operadores de agua o prestadores de servicios de agua en materia de saneamiento de cuerpos de agua.

El diputado Luis Fernando Gámez Macías, presidente de esta comisión legislativa y promovente de esta iniciativa señaló que estas acciones permitirán evitar la contaminación del agua, garantizando la calidad del suministro y cuidando la salud de la población. 

“Es una iniciativa que propongo, se dictamina primero en  la Comisión del Agua y lo que prevé es modificar la Ley de Aguas del Estado para que los municipios eviten tirar sus descargas residuales a cuerpos de agua sin ningún tipo de tratamiento, esto tendrá un beneficio y un impacto social sin duda alguna, porque primero vamos a sanear nuestros ríos, vamos a preservar el entorno ambiental y vamos a preservar la salud de las y los potosinos”.

De esta manera, la reforma establece que los municipios que cuenten con cuerpos de agua superficial en su territorio, por descargas de origen municipal, estarán obligados, en coordinación con sus organismos operadores del agua o equivalente a elaborar y ejecutar acciones permanentes de saneamiento de dichos cuerpos, con base en criterios técnicos, ambientales y sociales. 

Las acciones de saneamiento deberán formar parte del Programa Operativo Anual así como de sus programas municipales de desarrollo y contemplar al menos, el diagnóstico de las fuentes municipales de contaminación del cuerpo de agua por semestre; el listado de descargas sanitarias que emite el municipio; el diseño e implementación de medidas de limpieza, reconducción o tratamiento para evitar el daño ambiental recurrente, conforme a las normas oficiales mexicanas; los Mecanismos de evaluación y mejora progresiva, y la publicación de informes anuales con los avances, que deberán ser remitidos al Congreso del Estado y a la Comisión Estatal del Agua. 

Para el cumplimiento de esta disposición, los municipios podrán celebrar convenios de colaboración técnica con la Comisión Estatal del Agua, la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, instituciones educativas, organismos de la sociedad civil o entidades federales especializadas. 

Se establece que el instituto de Fiscalización Superior del Estado, en la revisión de la cuenta pública que corresponda, verificara el cumplimiento de dichos planes y programas mediante la práctica de auditorías de desempeño. El dictamen se turnará al pleno para su votación.

Finalmente, el legislador Gámez Macías indicó que se acordó en la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización el reunirse con el titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado, a fin de revisar el informe trimestral, a fin de comentar y desahogar algunas dudas de las diputadas y los diputados integrantes.