FORTALECEN LAS ACCIONES PARA LA PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN A MENORES DE EDAD POR EL USO EXCESIVO  DE DISPOSITIVOS DIGITALES

EN COMISIONES APRUEBAN INICIATIVA PARA REFORMAR LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO: DIP. MIREYA VANCINI VILLANUEVA

La Comisión de Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte de la LXIV Legislatura, aprobó el dictamen para reformar y adicionar disposiciones de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí para establecer estrategias de prevención y protección frente a los efectos negativos derivados del uso excesivo de dispositivos digitales.

A propuesta del diputado César Arturo Lara Rocha, se reforman, las fracciones XXIII y XIV del artículo 46, primer párrafo y fracciones IX y X del artículo 63; y se adiciona la fracción XXV al artículo 46, y la fracción XI al artículo 63 de la Ley de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Niñas, Niños, Adolescentes, Juventud y Deporte del Congreso del Estado, diputada Mireya Vancini Villanueva, explicó que como parte de la justificación se reconoce este problema, al señalar que el uso excesivo de dispositivos digitales afecta la salud mental, provoca depresión, ansiedad, estrés, aislamiento social y riesgos de adicción digital.

Por lo anterior se aprobó, “establecer estrategias de prevención, atención y protección para salvaguardar la salud mental, frente a los efectos negativos, derivados del uso excesivo de dispositivos digitales, incluyendo campañas de concientización, orientación a madres, padres y/o tutores, y el desarrollo de protocolos específicos para promover un uso equilibrado y saludable de la tecnología”.

Además la legisladora Vancini Villanueva, puntualizó que en su artículo 63. Se establece que sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones aplicables a los medios de comunicación, las autoridades estatales, municipales, educativas, de salud, de seguridad pública, de prevención y de protección de niñas, niños y adolescentes, y demás a las que por sus atribuciones corresponda, deberán difundir información y materiales relacionados con: 

La existencia en la sociedad de servicios, instalaciones y oportunidades destinados a niñas, niños y adolescentes. El enfoque de inclusión, igualdad sustantiva, no discriminación, y perspectiva de derechos humanos, así como de prevención y atención de la violencia digital. 

Además, el diseño de campañas de concientización estará dirigidas a familias, docentes y menores, y el establecimiento de mecanismos para la prevención, detección y atención de riesgos asociados, como la  adicción digital.