LA COMISIÓN DE HACIENDA DEL ESTADO APROBÓ LOS MONTOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, REFORMAS A LA LEY DE HACIENDA Y AL CÓDIGO FISCAL Y LA INICIATIVA DE LEY DE INGRESOS DEL PODER EJECUTIVO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026

LOS DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL PAQUETE ECONÓMICO 2026 SERÁN SOMETIDOS A VOTACIÓN EN EL PLENO: DIP. MARÍA DOLORES ROBLES CHAIREZ

Las y los diputados de la Comisión de Hacienda del Estado del Poder Legislativo, aprobaron por unanimidad los dictámenes que establecen los montos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, reformas a la Ley de Hacienda y al Código Fiscal y la iniciativa de Ley de Ingresos del Poder Ejecutivo para el Ejercicio Fiscal 2026 por el orden de 70,461 millones 070,275 pesos, informó la diputada María Dolores Robles Chairez.

En el dictamen sobre la Ley de Hacienda, se derogan diversas disposiciones donde la Secretaría de Finanzas no realizaba cobros, se agrega la rectificación administrativa de actas como lo establece el Código Civil, además de que, los vehículos que no sean de procedencia estatal, tendrán que pagar el plaqueo correspondiente.

En el Código Fiscal del Estado se establecen reglas claras en el tema del buzón tributario, con el fin de que se tenga otra vía de comunicación con los contribuyentes y estos puedan conocer sus obligaciones que tengan en materia estatal. Hay disposiciones transitorias que hacen ver que no será una medida coercitiva o que tenga que ser aplicada.

La Secretaría de Finanzas tendrá que emitir las reglas de operación, funcionamiento, seguridad tecnológica, autentificación y conservación de la información del buzón fiscal del estado dentro de noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente decreto. La reforma entra en vigor cuando se publique, sin embargo, hay medidas transitorias y reglamentarias que se tienen que cumplir para que empiece a aplicar esta medida.

También establece que las personas morales deberán activar su buzón fiscal y registrar sus medios de contacto dentro de los noventa días naturales siguientes a la publicación de las reglas de operación. Asimismo, las personas físicas con obligaciones fiscales estatales deberán hacerlo dentro de los ciento veinte días naturales siguientes a dicha publicación. Establece los márgenes correspondientes y transitorios para el cumplimiento de esta obligación. 

En lo correspondiente a la Ley de Ingresos del Estado 2026, esta cumple con los requisitos que mandata la Ley de Disciplina Financiera, la Ley de Coordinación Fiscal del Estado, la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como todas las directrices que emite el Consejo Nacional de Armonización Contable en materia de conceptos y de cómo se debe de integrar el documento.

Mantiene los estímulos fiscales que prevalecían durante el ejercicio fiscal 2025, es decir, se otorga un subsidio del cien por ciento del concepto que se establece en el artículo 93 de la Ley de Hacienda del Estado a los servicios prestados por las instituciones de educación pública del estado, la Comisión Estatal del Agua y los Servicios de Atención a Salud. 

También se otorga un estímulo del 50 por ciento a las personas de 60 años y más para el tema de los derechos de control vehicular. Se hace el 50 por ciento de descuento a los concesionarios del servicio del transporte público, únicamente para este ejercicio fiscal, en el pago de los derechos que generen en la revista anual reglamentaria. 

También se ven se ven beneficiados en el tema de las licencias de tipo A, tipo B, tipo C, con un 50 por ciento de descuento; también se otorga un 50 por ciento de descuento para las personas físicas que sean propietarias de motocicletas y motonetas con valor factura inicial de 39 mil pesos, sin incluir el valor agregado respectivo. 

Fueron aprobados por unanimidad los montos para las adquisiciones, arrendamientos y servicios para el ejercicio fiscal 2026, sin que haya modificaciones ya que prevalecerán los vigentes en 2025, porque su ajuste será en función del costo de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) para adjudicación directa, para invitación restringida y para otorgarse mediante licitación pública.

Las contrataciones públicas son un componente vital en la importancia de los presupuestos públicos. A través de dichas transacciones, los entes públicos erogan recursos a fin de atender prioridades de política pública, como la adquisición de bienes, arrendamientos y servicios públicos; los montos para las adquisiciones, arrendamientos y servicios son establecidos anualmente por el Congreso del Estado.

En la reunión de trabajo estuvieron presentes las y los integrantes de la comisión legislativa así como el director general de Ingresos de la Secretaría de Finanzas Ricardo René Ibarra Pérez.