¿La Tècnica ‘In Vitro’ Crea Vida pero no Familia?

Lic. Abraham Ulises Parga Segura

Marzo 15, 2026

No resulta extraño recordar que el pasado martes 10 de marzo de 2026 el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, analizó la Acción de Inconstitucionalidad 154/2021, promovida por diversas personas diputadas integrantes de la LXVII Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua, en la cual manifestaron que cambiar el nombre de la «Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género» y agregarle la extensión textual «y a la Familia» para redefinir con ello el alcance y atribuciones de dicha fiscalía en la procuración de justicia especializada a mujeres víctimas de violencia de género y a la familia en general; trae consigo un retroceso en la protección de los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género por debilitar su persecución reforzada y centrarse además de manera multidisciplinaria en perseguir delitos de índole familiar que roban protagonismo al derecho de las mujeres de ‘acceso a la justicia’.

La discusión de la Acción de Inconstitucionalidad y el proyecto de sentencia bajo la ponencia del ministro Arístides Rodrigo Guerrero García giró en torno a una esfera de estereotipos de género que relaciona a las mujeres con el ámbito doméstico y de reflexiones sobre la violencia hacia las mujeres, misma que exige instituciones fuertes y claras para tratar de erradicarla. Enfatizando que para proteger con toda firmeza a las mujeres, la Fiscalía Especializada ‘debe seguir siendo exclusivamente para ellas, sin cargas adicionales que diluyan su razón de ser’.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra de invalidar la porción normativa y de que la extensión textual «y a la Familia» como nueva facultad ministerial, constituya un detrimento en la especialización técnica que tiene como finalidad enfocarse diligentemente en los delitos de género poniéndose en riesgo recurso por redefinir prioridades institucionales… porque recalcó que la esencia de la reforma y la exposición de motivos del Legislativo fue particularmente la violencia familiar que presenta Chihuahua con índices altos, donde mayor parte de las víctimas son mujeres.

Con este razonamiento concurrieron otras cuatro personas ministras como la togada María Estela Ríos González, quien argumentó que la violencia contra las mujeres también puede darse en el núcleo familiar, sin que existan necesariamente estereotipos que condicionen la libertad reproductiva de las mujeres, «salvo quien haya nacido, no sé, mediante un qué, no sé, ¿cómo les llaman a estos?, ‘in vitro’, que haya nacido ‘in vitro’ a lo mejor podríamos estimar que no forma parte de la familia, pero mujeres y hombres formamos parte de la familia», comentario que inmediatamente encendió las redes sociales e hizo mediática la técnica de reproducción asistida mediante fertilización vía in vitro [procedimiento donde se fecunda un óvulo con un espermatozoide, fuera del cuerpo humano; en un laboratorio].

Reproducción asistida que según El Heraldo de México [Omaña, S. (2025)] trae al mundo entre tres mil y cuatro mil bebés al año porque personas retrasan la maternidad y/o presentan problemas de fertilidad.

Planteamiento del cual surge la interrogante: ¿las personas nacidas por ‘in vitro’ no forman parte de la familia y, por ende, no gozan de los derechos derivados del núcleo familiar?, la respuesta es sencilla, ¡Sí forman parte de la familia! Porque la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación en integraciones anteriores ha sostenido que «la familia no es un hecho biológico, sino un hecho sociológico que se origina en las relaciones humanas.

Un constructo dinámico que se protege por el artículo 4° Constitucional, no limitado a la esfera biológica o al matrimonio tradicional», en ese sentido sí gozan de todos los derechos y libertades protegidas por la institución de la familia, tanto, que de no ser así, se incurriría en una evidente discriminación, la cual está prohibida en cualquiera de sus manifestaciones por el artículo 1° Constitucional.

Ahora bien, en enero de 2025, la Cámara Baja del Congreso de la Unión, aprobó una reforma para regular la reproducción asistida, no obstante, su aprobación sigue pendiente en la Cámara Alta, retrasando con ello reglas claras para el procedimiento, los laboratorios/clínicas y la salud reproductiva. ¿Urge una Ley General sobre Reproducción Asistida? La respuesta es un contundente ¡Sí!#Familia #SCJN #InVitro