Filiberto Juárez Córdoba
Junio 18, 2021
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COMO ERA DE ESPERARSE, a punto de finalizar el período para las impugnaciones, el Tribunal Estatal Electoral recibió unas 30 promociones para juicios de nulidad y de defensa de derechos político electorales. Aquismón, San Luis Potosí, Villa de Reyes, Soledad, Rioverde, Ciudad del Maíz y Tierra Nueva, están entre los municipios en los que, se sabe, se ha solicitado declarar la nulidad de las elecciones. En otros, como Ciudad Valles, Tampacán, Villa de Arista, Zaragoza, Matlapa y Xilitla, se solicita la modificación de la conformación de los ayuntamientos. Ha trascendido que también hay peticiones para modificar la asignación de las diputaciones locales plurinominales, lo que al parecer no se presentaron fueron impugnaciones a la elección de gobernador.
AUNQUE TODOS los impugnantes juran que tienen la razón y que las cosas se deben resolver a su favor, generalmente las causales que invocan si están relacionadas con los procesos electorales pero no son determinantes para la calificación y validación de las elecciones. Hay hechos que pueden ser calificados, incluso, de delitos electorales y los que resulten responsables deben ser sancionados pero la sanción no alcanza a afectar los resultados de la elección ni cancela los derechos de los elegidos.
EL VOCAL EJECUTIVO del INE en San Luis Potosí, Pablo Sergio Aispuro Cárdenas, en entrevista exclusiva nos dijo: “Yo no veo que ninguno de los resultados se pueda revertir, pero quiero ser muy claro, de la elección puede haber cosas a futuro derivadas de otras circunstancias, políticas, etcétera, pero lo que tiene que ver con la elección de gobernador, no le veo manera de revertirle”. Lo mismo sucede con las elecciones, de presidentes municipales y de diputados. Pueden darse ajustes en las listas de regidores y diputados plurinominales, en razones de criterios de porcentaje, de sobre representación o de paridad de género, pero alcaldes y diputados de mayoría difícilmente pueden ser afectados. Lo de las impugnaciones a nadie debe preocupar, porque son parte del proceso normal que le da certeza a la elección al permitir despejar dudas. Como también nos dijo, Aispuro Cárdenas, es preferible un tribunal lleno de impugnaciones que la calle llena de gente protestando porque sienta que se vulneró su derecho, o que se llegue a contextos de violencia por las inconformidades.
A CONFESIÓN DE PARTE, relevo de prueba, dicen los abogados y eso debe bastar para determinar la culpabilidad y aplicar la sanción correspondiente. En Matehuala un grupo de ciudadanos realizó una manifestación pública para denunciar que no les pagaron lo prometido por su voto, a pesar de que cuentan con las evidencias de que cumplieron y el partido que, digamos, los contrató, si resultó beneficiado pues su candidato ganó. Todo parece bien y el reclamo suena justo porque ellos hicieron su parte, los que les compraron su voto, por no cumplirles, han de pensar, ahora van a tener enfrentar las consecuencias de haber cometido un delito electoral. Todo está bien, pero lo que no están tomando en cuenta, es que, según información del CEEPAC, el delito de inducción ilícita a electores, lo comete aquel que: A) Solicite votos por paga, dádiva o promesa de dinero u otra recompensa; B) El día de la elección, organice la reunión y traslado de votantes con el objeto de llevarlos a votar por un determinado candidato, influyendo con ello en el sentido de su voto; C) Ejecute actos de lucro con el voto, o D) Obligue a votar en determinado sentido a los electores que se tenga bajo su dependencia o subordinación. La mayoría de los supuestos son fáciles de denunciar aunque difíciles de probar pero en este caso, los que están protestando y exigiendo su paga, están confesando la ejecución de actos de lucro con el voto. Si formalizan la denuncia pueden poner en entredicho a los acusados y en aprietos si comprueban su acusación pues la pena es de cinco meses a cinco años de prisión y sanción pecuniaria de veinte a cien días del salario mínimo vigente. Sin embargo les saldría el tiro por la culata porque eso también aplica para los que lucren con el voto. Por exigir el pago de mil trescientos pesos, podrían pasar de 5 meses a 5 años en prisión y pagar de unos 2 a 10 mil pesos de multa, como que no está bueno el negocio o los que los organizaron para reclamar el pago de la venta de su voto no les han dicho lo que les puede pasar. Falta que al rato salgan con que también por su participación en las protestas les ofrecieron un pago y no les cumplieron. NOSOTROS DECIMOS:
Aunque vayan de buena gana,
Muy motivados y guiados,
En lugar de regresar con lana
¡Pueden salir trasquilados!