PROPONEN REFORMAR LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y MANEJO INTEGRAL E INSTITUCIONAL DE LOS INCENDIOS FORESTALES PARA EL ESTADO

EL OBJETIVO ES REGULAR EL USO DEL FUEGO ENTRE PRODUCTORES AGROPECUARIOS PARA EVITAR LOS INCENDIOS FORESTALES: DIP. TOMÁS ZAVALA GONZÁLEZ

El diputado Tomás Zavala González propuso reformas a diversos artículos de la Ley para la Prevención y Manejo Integral e Institucional de los Incendios Forestales para el Estado de San Luis Potosí, para regular la realización de estas acciones entre productores agropecuarios.

En primer término, el legislador propone  establecer que el Comité Técnico de Incendios Forestales valide el Plan Estatal de Manejo de Fuego, a efecto de que sea el marco regulatorio del accionar colegiado de las diversas áreas involucradas en el manejo de fuego en predios forestales.

Además, propone la incorporación en dicho comité de quien ostente la presidencia de la Comisión de Desarrollo Rural y Forestal del Congreso del Estado, a efecto de tomar nota y acciones colaborativas en materia legislativa precisamente para atender los requerimientos jurídicos necesarios.

En segundo término, propone que para realizar cualquier tipo de quema en terrenos agrícolas, que pueda afectar terrenos forestales, preferentemente forestales, agrícolas o similares, los interesados deberán dar aviso a la autoridad municipal para obtener el permiso correspondiente y contar para ello previamente con el visto bueno de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), cuando se trate de terreno agrícola; de CONAFOR, cuando se trate de terrenos forestales y preferentemente forestales, y de CONANP, cuando se trate de áreas naturales protegidas. 

En todo caso, las quemas agrícolas deberán atenerse a lo previsto en la Norma Oficial Mexicana que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario. La autoridad municipal deberá a su vez informar de la quema autorizada, a la SEDARH y la CONAFOR para que lleven el registro correspondiente, monitoreo y en su caso el control, anexando croquis de localización, en el que se incluyan las rutas de escape presentadas por el solicitante.

Finalmente, se establece como facultad de las presidencias municipales el contar con brigadas capacitadas en manejo de fuego, conformadas por personal de Protección Civil Municipal y dueños o voluntarios de predios o industrias forestales, mismas que funcionaran como primer respondiente para la atención de incendios forestales.

Señala que el contar con brigadas, permite la capacitación y profesionalización de los actores del territorio, lo que contribuye a que su participación sea efectiva y no simbólica, propiciando además identidad con su espacio y apropiación del territorio.

Las iniciativas se turnaron a la Comisión de Desarrollo Rural y Forestal.