SE ARMONIZAN CON LAS DISPOSICIONES FEDERALES EN LA MATERIA, EN RELACIÓN A SANCIONES, AGRAVANTES Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES: DIP. CARLOS ARREOLA MALLOL
Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que reforma disposiciones del Código Penal del Estado de San Luis Potosí así como de las leyes estatales, del Sistema de Seguridad Pública, Orgánica de la Fiscalía General del Estado y de Responsabilidades Administrativas, en materia de extorsión.
La propuesta fue presentada por el diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, quien explicó que estas reformas forman parte de las armonizaciones con la legislación federal en la materia, en lo referente al delito de extorsión, sus sanciones, agravantes y procedimientos aplicables.
De esta manera, se establece en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, la modificación de las disposiciones del Capítulo VI del Título Octavo, que actualmente contempla el tipo penal de «Extorsión», sus agravantes y penalidad, para hacer la correspondiente remisión a la Ley General de la materia.
En cuanto a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, cabe modificar sus disposiciones con el objeto de establecer las acciones que corresponden a las instituciones de seguridad pública del Estado y de los municipios, para prevenir y combatir el delito de extorsión, creándose el Centro Estatal de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión, el cual tendrá por objeto implementar los mecanismos y procedimientos para la recepción, registro, canalización, atención y seguimiento de las denuncias por la posible comisión del delito de extorsión, así como fortalecer los mecanismos de vinculación con la ciudadanía para orientar e informar a la población de las acciones que deben realizarse para la prevención de este delito.
En relación con la modificación a la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí, se dota a la Fiscalía General del Estado, de una unidad especializada adscrita a la estructura táctico-operativa para la investigación y persecución del delito de extorsión y delitos vinculados a este delito, misma que deberá contar con agentes del Ministerio Público, policías de investigación, peritos, y analistas, capacitados, especializados, evaluados, y certificados en materia de extorsión, de conformidad con los criterios que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública, así como para dotar a la institución del Ministerio Público de atribuciones que le permitan el diseño, coordinación y ejecución de la política y estrategias de investigación, prevención y persecución de los delitos en esta materia.
Finalmente, se reforman disposiciones de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer dentro del catálogo de faltas graves, las cometidas por servidores públicos en contravención de las disposiciones de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.