SE PROPONE EXPEDIR LA NUEVA LEY DE MANEJO DEL FUEGO EN ECOSISTEMAS FORESTALES DEL ESTADO.

CON ELLA SE BUSCA MODERNIZAR EL MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE INCENDIOS PARA IR DEL COMBATE A LA GESTIÓN DEL RIESGO: DIP. TOMÁS ZAVALA.

Con el fin de modernizar y fortalecer el marco normativo estatal en materia de incendios forestales, el diputado Tomás Zavala González propuso  expedir la Ley de Manejo del Fuego en Ecosistemas Forestales del Estado de San Luis Potosí.

Se indica que con esta nueva norma, se abroga la Ley para la Prevención y Manejo Integral e Institucional de los Incendios Forestales para el Estado de San Luis Potosí, y se da paso a una legislación moderna que esté en concordancia con el paradigma técnico del Manejo Integral del Fuego y con la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/AGRICULTURA-2023, así como con los principios de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Señala que la ley vigente, publicada en 2013, se ha quedado obsoleta frente a los desafíos actuales. Su enfoque reactivo, centrado casi exclusivamente en el «combate», es insuficiente para prevenir los incendios de gran escala que afectan cada vez con mayor frecuencia e intensidad a los ecosistemas forestales de San Luis Potosí; por ello, con esta nueva ley se propone un cambio de paradigma fundamental, para ir del combate a la gestión del riesgo.

Para lograr este objetivo, se proponen varios ejes estratégicos: la creación de un Sistema Técnico Estatal de Clasificación de Riesgo con base científica y técnica para la prevención, permitiendo anticipar y gestionar el riesgo de manera proactiva, en lugar de reaccionar una vez que el fuego ha comenzado. 

La Clarificación y Modernización de las Atribuciones de las Autoridades, definiendo con precisión el rol de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (SEGAM) como autoridad rectora en materia de manejo del fuego; mientras que la Secretaría de Desarrollo Agropecuario (SEDARH) se limita a su ámbito de competencia en el sector agropecuario, eliminando superposiciones y generando una cadena de mando clara. 

La Regulación Técnica y Segura del Uso del Fuego, por el que se distingue entre quemas controladas y prescritas, para lo cual, se exige la presentación de planes de trabajo y operativos, se instituye la certificación obligatoria del personal y se crea un Calendario Estatal de Quemas vinculante. Con estas acciones, se transforma el uso del fuego de una práctica empírica y riesgosa en una herramienta técnica y segura.

Además, del Fortalecimiento de la Participación Social y la Gobernanza, por la que se consolida el Comité Técnico de Incendios Forestales como órgano colegiado de máxima autoridad técnica, integrado por todos los sectores involucrados (gobierno, academia, sociedad civil, comunidades, productores). Esto garantiza que la política pública sea legítima, consensuada y socialmente aceptada. 

Finalmente, se establece un régimen sancionador verdaderamente disuasorio, al derogar el sistema de multas laxas y simbólicas, y en  su lugar, se implementa un catálogo de infracciones graduado, desde leves, graves, a muy graves, con sanciones económicas significativas de hasta 5,000 UMA),  la revocación definitiva de permisos y, sobre todo, la obligación de reparar integralmente el daño ambiental causado. Este enfoque no solo castiga, sino que busca restaurar el equilibrio ecológico.