Se propone la creación del sistema mixto de movilidad segura y una reserva permanente en las unidades para uso exclusivo de mujeres y menores

Con ello, se busca prevenir casos de violencia y acoso sexual en el transporte público: Dip. Sara Rocha Medina. 

La diputada Ma. Sara Rocha Medina impulsa una iniciativa para reformar a diversos artículos de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, con la que se propone la creación del «Sistema Mixto de Movilidad Segura», y establecer una reserva permanente del 30% de la capacidad de las unidades de transporte para uso exclusivo de mujeres y niñas y niños menores de 12 años.

Además, propone la creación de padrones de operadoras mujeres en el transporte público.

En su exposición de motivos, la legisladora subraya que la movilidad es un derecho humano y un componente esencial de la calidad de vida; sin embargo, para las mujeres el uso del transporte público representa un escenario de vulnerabilidad, donde se registran casos de violencia y acoso sexual.

Por ello, la propuesta de creación del «Sistema Mixto de Movilidad Segura», representa un modelo que permite una coexistencia ordenada y segura en el transporte público, optimizando la infraestructura actual sin necesidad de una sustitución inmediata de la flota vehicular, pero garantizando un refugio seguro y digno para estas personas en cada trayecto.

Menciona como un componente fundamental de esta propuesta, la inclusión de las mujeres en el sector laboral del transporte, ya que históricamente la conducción de vehículos de pasajeros ha sido un sector masculinizado, por ello al proponer la creación de padrones de operadoras mujeres y priorizar su contratación, la ley cumple con el principio de Igualdad Sustantiva establecido en la Constitución.

Asegura que la presencia de conductoras mujeres no solo genera empleos dignos, sino que incrementa la percepción de seguridad de las usuarias y reduce estadísticamente los niveles de agresividad en el servicio. 

La iniciativa que fue turnada a comisiones para su análisis, propone adicionar la fracción XXIII Quinquies al artículo 12, y el párrafo tercero al artículo 23; y se reforma el inciso e) de la fracción II del artículo 67, de la Ley de Transporte Público del Estado.