ES NECESARIO LLEVAR A CABO CAMPAÑAS DE INFORMACIÓN QUE TENGAN COMO FUNCIÓN INFORMAR A LA POBLACIÓN LA DISTRIBUCIÓN TRANSPARENTE DEL AGUA: DIP. LUIS FERNANDO GÁMEZ

PRESENTA INICIATIVA PARA LA REDUCCIÓN DE DESIGUALDADES EN EL ACCESO AL SERVICIO, EL FORTALECIMIENTO DE LA CONFIANZA EN LAS INSTITUCIONES Y LA MEJORA EN LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN

El diputado Luis Fernando Gámez Macías presentó una iniciativa de reforma al artículo 191 de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, para que se lleven a cabo campañas de información, las cuales tengan como función, informar a la población la distribución transparente del agua.

La iniciativa tiene como finalidad generar un impacto positivo, abonando al derecho humano al agua, mediante el establecimiento de criterios que permiten una distribución del recurso, así como el fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas. 

Entre los impactos positivos esperados se encuentra la reducción de desigualdades en el acceso al servicio, el fortalecimiento de la confianza en las instituciones y la mejora en la calidad de vida de la población.

El derecho al agua comprende diversos elementos esenciales entre los que destacan el acceso efectivo, la calidad, la disponibilidad continua y el principio de no discriminación. Estos elementos implican que el suministro del recurso no puede ser arbitrario ni diferenciado injustificadamente entre la población.

El diputado Gámez Macías añadió que la obligación del Estado no se limita únicamente a suministrar agua, sino a garantizar su acceso en condiciones de igualdad, asegurando que las personas puedan disponer de este recurso en términos equitativos y sin distinciones indebidas.

La Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, establece un modelo integral de gestión basado en principios como la equidad, la sostenibilidad, accesibilidad y participación democrática, en sus artículos 17 y 19. Del análisis en conjunto se advierte que existen facultades amplias para la prestación, administración y control del servicio, así como obligaciones generales en materia de suministro, continuidad y funcionamiento, no se contemplan disposiciones específicas que regulen los criterios bajo los cuales debe realizarse la distribución de agua entre la población. 

En particular, las obligaciones de informar, se encuentran dirigidas principalmente a autoridades y se limitan a aspectos financieros y administrativos, establece principios de eficiencia y continuidad; sin embargo, no establece procedimientos de transparencia operativa accesible a la ciudadanía.

La problemática no radica únicamente en la disponibilidad del recurso hídrico, sino en la falta de mecanismos de información, lo cual genera un escenario de desinformación para la población, lo que dificulta situaciones como el acceso al agua al distribuirse, esta condición impacta de manera desproporcionada a sectores vulnerables, particularmente en zonas con menor acceso histórico al servicio profundizando las brechas de desigualdad.

La iniciativa del diputado Luis Fernando Gámez se turnó a la Comisión del Agua para su análisis y dictamen correspondiente.