SE INCORPORA EL PRECEPTO DE ECONOMÍA REGENERATIVA EN LA LEY PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE, Y LA COMPETITIVIDAD, PARA INCLUIR PROYECTOS DE REFORESTACIÓN, SANEAMIENTO DE RÍOS Y HUMEDALES, REMEDIACIÓN Y RECUPERACIÓN DE SUELOS
En sesión ordinaria, el Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó el Decreto que modifica disposiciones del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que el derecho a recibir alimentos desde el nacimiento hasta el término de la minoría de edad, sean imprescriptibles.
También es imprescriptible el derecho a recibir alimentos de las personas declaradas en estado de interdicción o el de las personas que, siendo mayores de edad, hayan sido dictaminadas con alguna discapacidad total que les impida desempeñar un trabajo u oficio por sí mismos, por el resto de su vida.
Esto, con el objeto de ampliar los derechos de las personas más vulnerables y que, por su condición, necesiten recibir alimentos en la mayoría de edad, ante la imposibilidad real de procurarse una vida digna, eliminando una interpretación restringida durante un litigio en donde se pudiera cuestionar su derecho con motivo de la condición de adultos.
Finalmente, se indica que los alimentos generados y no pagados por la persona deudora alimentaria durante la vida adulta de la persona acreedora alimentaria prescriben a los cuatro años, contados a partir de la fecha en que cesó la obligación.
Otros dictámenes
Se aprobó por unanimidad el Decreto que aprueba reformar los artículos, 2º, 3º, 10, y 30, de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable, y la Competitividad, del Estado San Luis Potosí, para incorporar el principio de Economía Regenerativa.
Es el modelo de desarrollo económico que, además de prevenir y mitigar impactos negativos, genera una contribución neta positiva al capital natural y social del Estado, mediante la restauración y regeneración de ecosistemas, la recuperación de suelos y cuerpos de agua, la conservación de la biodiversidad, la circularidad de materiales y el uso eficiente y limpio del agua y la energía, procurando al mismo tiempo productividad, empleo digno e inclusión social.
Se considerarán proyectos de economía regenerativa, los de reforestación, saneamiento de ríos y humedales, remediación y recuperación de suelos, infraestructura verde, aprovechamiento y valorización circular de residuos, y reconversión energética eficiente.
Implementar el modelo de economía regenerativa, traerá consigo la generación de nuevos empleos en sectores como la energía renovable, la agricultura sostenible y la gestión de residuos y a su vez, beneficios para quienes implementen este tipo de acciones con impacto ambiental positivo, pues podrán recibir incentivos fiscales, apoyos financieros o en su caso el reconocimiento institucional.
Se aprobó por unanimidad, el Decreto que reforma el artículo 59 de la Ley de Turismo del Estado de San Luis Potosí, para incorporar de manera explícita la difusión del patrimonio cultural, histórico, artístico y arqueológico del Estado, reconociendo su valor no solo como legado cultural, sino también como un factor estratégico para el desarrollo turístico sostenible.
Fue aprobada por unanimidad, el Decreto que modifica diversas estipulaciones de la Ley de Aguas para el Estado de San Luis Potosí, para definir claramente algunos conceptos en la prestación de servicios, las acciones para la reparación de fugas, los casos en los que procederá la suspensión de tomas de agua o descarga.
Se fija en qué casos procede aplicar medidas de restricción temporal del servicio de agua cuando existe escasez de este vital liquido comprobado o previsible, garantizando en todo momento el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico, pudiendo ser estas medidas diferenciadas según la fuente de abastecimiento y condiciones técnicas de disponibilidad del recurso.
Se aprobó por unanimidad autorizar desincorporación del servicio público de cuatro bienes inmuebles propiedad de los Servicios de Salud del Estado de San Luis Potosí, así como la enajenación mediante la modalidad de donación gratuita y condicionada, todos en favor de los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar).
Finalmente, se aprobó también el Decreto por el que se aprueba extinguir el Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Descentralizado del Ayuntamiento de Rayón, ante diversas deficiencias planteadas en su operación, por lo cual dará inicio a su proceso de liquidación.
Se indica que los recursos materiales, humanos y monetarios que cuenta el Organismo Operador Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento Descentralizado del Ayuntamiento de Rayón, serán trasferidos al Municipio de Rayón. Asimismo, los remanentes que resulten a la conclusión de la liquidación serán reincorporados al patrimonio del Municipio de Rayón.
A las comisiones legislativas se turnó la correspondencia recibida, así como las iniciativas y Punto de Acuerdo planteado por las y los integrantes de la LXIV Legislatura.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo martes 12 de mayo de 2026 a las 10:00 horas en el Salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.