REFORMA A LA LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ESTADO PARA EL RECONOCIMIENTO EXPRESO DE SU DERECHO A CUIDAR, CUIDARSE Y SER CUIDADAS.

SE REAFIRMA EL COMPROMISO INSTITUCIONAL CON LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, RECONOCIENDO QUE EL ENVEJECIMIENTO DIGNO DEBE SER GARANTIZADO POR EL ESTADO Y RESPALDADO POR LA SOCIEDAD: DIP. GABRIELA GUADALUPE MARTÍNEZ VÁZQUEZ.

Con el objetivo de establecer el reconocimiento expreso del derecho de las personas adultas mayores a cuidar, cuidarse y ser cuidadas, el Pleno del Congreso Estado, aprobó el Decreto que reforma disposiciones de la Ley de las Personas Adultas Mayores del Estado de San Luis Potosí.

La iniciativa, impulsada por la diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez, reafirmar el compromiso institucional con la protección de las personas adultas mayores, reconociendo que el envejecimiento digno constituye un derecho humano que debe ser garantizado por el Estado y respaldado por toda la sociedad.

Se indica que el derecho a cuidar implica reconocer que las personas adultas mayores continúan desempeñando un papel fundamental dentro de sus familias y comunidades, muchas de ellas participan activamente en el cuidado de niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros integrantes del núcleo familiar. 

Es importante destacar que, transmiten conocimientos, valores, tradiciones y experiencias que fortalecen la identidad comunitaria y contribuyen a la cohesión social; de tal suerte que reconocer este derecho significa valorar y dignificar dichas contribuciones, evitando concepciones que reduzcan a las personas mayores a una condición exclusivamente receptora de apoyo. 

Por su parte, el derecho a cuidarse comprende la facultad de toda persona adulta mayor de adoptar decisiones libres e informadas respecto de su salud física, mental y emocional, esto incluye la posibilidad de desarrollar hábitos saludables, acceder a información adecuada, participar en actividades recreativas, culturales y deportivas, preservar su independencia funcional y contar con los medios necesarios para mantener una vida plena y autónoma.

El autocuidado representa además una herramienta esencial para promover un envejecimiento activo y saludable. Diversos estudios han demostrado que la participación social, la actividad física, la estimulación cognitiva y el acceso oportuno a servicios preventivos contribuyen significativamente a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, reducir los riesgos asociados a enfermedades crónicas y fortalecer su bienestar integral. 

Finalmente, el derecho a ser cuidadas constituye una garantía indispensable para asegurar que ninguna persona adulta mayor enfrente situaciones de abandono, negligencia, maltrato o desprotección. Este derecho reconoce que, en determinadas circunstancias, algunas personas pueden requerir apoyos o asistencia para realizar actividades de la vida diaria, acceder a servicios médicos o mantener condiciones adecuadas de bienestar. En tales casos, la provisión de cuidados debe realizarse bajo criterios de dignidad, respeto, calidad, accesibilidad y enfoque de derechos humanos.

Se indica que las autoridades sanitarias del estado, deberán establecer campañas para el cuidado de las personas adultas mayores dirigidas a sus familiares y cuidadores, que incluyan información y capacitación sobre manejo de personas adultas mayores que no puedan valerse por sí mismas, sobre terapia física de habilitación y rehabilitación, así como apoyo a las mismas; de igual forma en coordinación con el INAPAM establecer programas o campañas dirigidas a las personas adultas mayores de todas las regiones del estado con enfoque en la prevención y el autocuidado integral.