SE CONTRIBUYE A LA CONSTRUCCIÓN DE LEYES MÁS CLARAS, MÁS EFICACES Y MÁS ACORDES CON LAS NECESIDADES DEL SISTEMA JUDICIAL: DIP. LUIS FELIPE CASTRO BARRÓN
En reunión de trabajo, las y los diputados integrantes de la Comisión de Normatividad Legislativa y Prácticas Parlamentarias, aprobaron el dictamen que reforma el artículo 94 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, para solicitar opinión al Poder Judicial sobre iniciativas que tienen que ver con reformas a Códigos diversos.
El diputado Luis Felipe Castro Barrón, presidente de la comisión legislativa, señaló que a la iniciativa del diputado Luis Fernando Gámez Macías, se le añadió la facultad expresa de pedir la opinión del Poder Judicial del Estado cuando se consideren reformas importantes como en el Código Penal, Civil y Familiar o sobre su propia estructura.
Se determinó que no hace falta cambiar el reglamento, ya que con la Ley actual se pueden incluir las opiniones que se reciban.
El dictamen establece en la exposición de motivos que la opinión institucional a solicitud del Poder Legislativo, deberá formularse dentro de un plazo breve contado a partir de la recepción de la solicitud, con el objetivo de no entorpecer el proceso legislativo y, al mismo tiempo, aportar elementos relevantes para su análisis.
Dicha opinión no tendrá carácter vinculante, lo que garantiza que el Congreso conserve plenamente su facultad soberana de legislar, pero permitirá contar con información adicional que refleje la realidad de la impartición de justicia, contribuyendo así a la construcción de leyes más claras, más eficaces y más acordes con las necesidades del sistema judicial.
La propuesta busca prevenir problemáticas futuras, ya que una reforma que considera desde su origen la perspectiva de quienes aplican la ley tiene mayores posibilidades de ser funcional, evitando con ello conflictos de interpretación, cargas innecesarias o afectaciones a los derechos de las personas, lo que se traduce en un sistema de justicia más eficiente y confiable.
La iniciativa responde a una visión sencilla pero profunda, que consiste en reconocer que las leyes no deben construirse de espaldas a la realidad, sino en diálogo con quienes las aplican, con el fin de evitar que las reformas generen efectos adversos en los juicios en trámite o en la impartición de justicia, y de asegurar que cada cambio normativo contribuya verdaderamente a mejorar la vida de las personas y a fortalecer la confianza en las instituciones.
El artículo 94, en caso de ser aprobada la reforma, quedaría así: para el mejor desempeño de sus funciones las comisiones por conducto de su Presidenta o Presidente:
II. Solicitar la opinión del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en todos los casos en que se dictaminen iniciativas de ley o decreto que incidan de manera directa en la organización, funcionamiento, competencias o procedimientos de los órganos encargados de la impartición o administración de justicia, así como aquellas que impliquen la creación, modificación, tipificación, reclasificación, agravación o despenalización de conductas delictivas o que incidan en las penas o medidas de seguridad, y
III. Previo acuerdo de la comisión, invitar a las personas funcionarias, con el fin de contar con mayores elementos de juicio en el estudio de los asuntos competencia de las comisiones.
El dictamen será puesto a consideración del Pleno para su análisis y votación.