SON REVISADAS FUNERARIAS Y SERVICIOS DE CREMACIÓN EN TODO EL ESTADO

·         Toda funeraria debe contar con Aviso de Funcionamiento y Responsable Sanitario.  De enero a la fecha se han emitido un total de 4 mil 665 permisos a funerarias: COEPRIS.

·         Se han realizado un total de 166 verificaciones sanitarias a igual número de establecimientos. Durante las supervisiones son revisadas las instalaciones y las carrozas.

Siguiendo las instrucciones del Gobernador del Estado de evitar riesgos sanitarios en los usuarios de servicios funerarios como del personal que labora en dichos establecimientos, la Secretaría de Salud a través de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), realiza de manera permanente durante el año, la vigilancia y control sanitario de aquellos establecimientos denominados funerarias o agencias de inhumaciones-cremaciones.

Las funerarias o agencias de inhumaciones y cremaciones con actividades de venta de féretros, velación, preparación de cadáveres, traslado de cadáveres a los cementerios, crematorios, inhumaciones y exhumaciones son revisadas de manera permanente durante el año a fin de constatar que éstos establecimientos cumplan con lineamientos que establece la Ley General de Salud.

Durante las visitas de supervisión, se revisa que cuenten con Aviso de Funcionamiento y aquellos con sala de preparación deben contar con un Responsable Sanitario. La sala de preparación de cadáveres, anfiteatro, así como el equipo debe permitir un adecuado manejo de los cadáveres y garantizar un óptimo proceso de embalsamiento, así mismo se revisa que el personal embalsamador esté debidamente autorizado por la Secretaría de Salud.

Aunado a lo anterior, se observa que las salas de velación cuenten con instalaciones adecuadas, tanto los anfiteatros como las salas de cremación, deben ubicarse de manera independiente al área de velación, los primeros deben contar con planchas de materiales lavables, trampas para el drenaje, equipo de bombeo de fluidos e instrumental suficiente y desinfectado, por lo que respecta a la sala de cremación ésta debe contar con hornos adecuados para cadáveres, así como los filtros adecuados.

Por lo que respecta a los vehículos que se utilizan para el traslado de cadáveres, deben ser cerrados y contar con una división entre el chofer y el área de traslado o carga, misma que debe contar con una superficie lisa y lavable, además de un seguro para evitar el movimiento del ataúd durante el traslado.

De enero del presente año a la fecha, personal operativo de la Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios ha realizado un total de 166 verificaciones sanitarias a igual número de establecimientos. De igual forma en el mismo periodo se desarrollaron dos cursos uno en el municipio de Ciudad Valles y otro en la capital del estado en el que participaron 103 responsables y personal operativo de funerarias quienes hoy cuentan con herramientas en normatividad sanitaria y convenios para el permiso de traslado de cadáveres.

Finalmente, COEPRIS coadyuva con las funerarias estableciendo convenios de colaboración para el otorgamiento de permisos de traslados autorizados a fin de que éstas, puedan garantizar que los traslados se realicen en apego a las disposiciones sanitarias vigentes, procurando condiciones adecuadas de seguridad, y protección de la salud pública. De enero a la fecha se han emitido un total de 4 mil 665 permisos a funerarias.