APROBÓ EL CONGRESO DEL ESTADO REFORMAS A LA LEY DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

SE BUSCA QUE RECIBAN UN TRATO RESPETUOSO, LIBRE DE CUALQUIER FORMA DE VIOLENCIA O ABUSO, EXPLOTACIÓN, AISLAMIENTO Y VIOLENCIA PSICOLÓGICA

El pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, por el que se aprueba en sus términos, iniciativa con proyecto de decreto que insta reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí.

De esta manera se refuerza el marco normativo, para que los adultos mayores, reciban un trato respetuoso, libre de cualquier forma de violencia o abuso, explotación, aislamiento, violencia psicológica y  actos que pongan en riesgo la integridad personal y su patrimonio.

Se persigue el objetivo de respetar la autonomía en la vida de los adultos mayores, en un contexto de observación y práctica de sus derechos, apoyado por su familia, y de cualquier persona en armonía con su función social. 

El dictamen define como corresponsabilidad la concurrencia y responsabilidad compartida de los sectores público y social, en especial de la comunidad y las familias para el cumplimiento del objeto de esta Ley acordes a las diferentes etapas, características y circunstancias de las personas adultas mayores.

La atención preferente como aquella que obliga a las instituciones estatales y municipales de gobierno, así como sectores sociales y privados, a implementar programas acordes a las diferentes etapas, características y circunstancias de las personas adultas mayores.

La inclusión, accesibilidad y no discriminación es el conjunto de acciones y políticas orientadas a garantizar el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores, promoviendo su participación plena, efectiva y en condiciones de igualdad en la sociedad, asegurando la accesibilidad universal, la eliminación de barreras físicas, sociales, culturales, comunicativas y normativas, así como la implementación de ajustes razonables, a fin de prevenir y erradicar cualquier forma de exclusión, segregación o discriminación.

La transversalidad es la obligación de las autoridades de coordinarse, implementar y vigilar, en el ámbito de sus respectivas competencias, la promoción, el respeto, la protección y la garantía de los derechos humanos de las personas adultas mayores.