Toga, política y ambición: el duelo por la Presidencia de la Corte

Lic. Abraham Ulises Parga Segura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación vuelve una vez más al centro de la polémica, en esta ocasión no por sus sentencias o deliberaciones, sino por la contienda que se generó para presidirla el próximo septiembre de 2027.

Derivado de la reforma judicial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024; los artículos 94 y 97 de la Constitución Federal se contradicen entre sí al manifestar que «la presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación» [párrafo tercero del artículo 94], y «cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior» [párrafo sexto del artículo 97]. Tal discrepancia, ¿habrá sido por omisión o con intención? Porque desde aquel fatídico 15 de septiembre de 2024, la Constitución Federal ha sido reformada a través de 22 Decretos ¡Y cómo no!, con esa abrumadora mayoría legislativa, ni quién se contraponga a los designios del Oficialismo.

Recientemente, el 02 de junio de 2026, el Poder Legislativo reformó incluso decenas de artículos que cambiaron las reglas de las elecciones judiciales programadas ahora para el año 2028; subsanó algunas deficiencias de la reforma judicial de 2024 pero por alguna extraña razón no corrigió la contradicción suscitada entre los artículos 94 y 97 de la Constitución ¿Coincidencia o destino? Porque el Congreso de la Unión debió tener pleno conocimiento de que existía tal discrepancia constitucional. Será tal vez que Lenia Batres, como la siguiente en sucesión para presidir el Alto Tribunal, de acuerdo con el artículo 94: ¿no es del todo grata debido a sus pifias?

La Suprema Corte de Justicia, como cabeza del Poder Judicial, ya es una institución política, y en política todo se puede esperar; desde una traición hasta una sumisión. Es un vasto mar con aguas impredescibles y dimensiones profundas.

No se ha cumplido ni un año de los dos que tiene por mandato constitucional el ministro Hugo Aguilar Ortiz para presidir el Alto Tribunal, cuando ya la discusión gira en torno a la sucesión. La ministra Lenia Batres Guadarrama ya se pronunció al respecto y en una entrevista con Hernán Gómez Bruera reconoció que existe la contradicción entre los artículos 94 y 97 de la Constitución pero desde su perspectiva la cuestión contradictoria ya se resolvió en parte porque «una reforma de ley posterior deroga a la anterior» y porque tal disposición constitucional del artículo 94 ya se aplicó en la práctica con la llegada de Aguilar Ortiz a la presidencia de la Suprema Corte de Justicia.

Por otra parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, posiblemente la favorita de entre sus pares togados para presidir el Máximo Tribunal de acuerdo con el precepto 97 de la Constitución, en entrevista con Roberto Rock exteriorizó estar al tanto de dicha contradicción y el cómo se elegirá al próximo presidente de la Corte debe revisarse por el mismo Pleno de ministros. No hay que pasar desapercibido que Esquivel Mossa buscó presidir la Corte en el año 2022, misma contienda en la que participó y triunfó la ministra Norma Lucía Piña Hernández.

Ya no se habla simplemente de una deliberación constitucional, ya se está en presencia incluso de dos interpretaciones por el poder administrativo del Tribunal más importante de México. Esquivel Mossa considera que será el Alto Tribunal quien tenga que resolver la contradicción pero posiblemente ella sea la favorita para presidir en 2027 y por cuatro años la Suprema Corte de acuerdo con el artículo 97 de la Constitución, mientras que Batres Guadarrama está confiada en que se respetará su sucesión en la presidencia de la Corte de conformidad con el precepto 94 constitucional. Mossa tiene experiencia, diplomacia y logra consensos, Guadarrama tal vez carece de ello. Digámoslo sin eufemismos: en la Suprema Corte de Justicia no se está deliberando justicia, se está deliberando poder. Y la pregunta no es ¿quién presidirá la Corte?, es ¿después de la disputa quedará Corte por presidir?

#SCJN #LeniaBatres #YasmínEsquivel #AbrahamPargaAbogado #OpiniónSLP

Lic. Abraham Ulises Parga SeguraLa Suprema Corte de Justicia de la Nación vuelve una vez más al centro de la polémica, en esta ocasión no por sus sentencias o deliberaciones, sino por la contienda que se generó para presidirla el próximo septiembre de 2027.Derivado de la reforma judicial publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de septiembre de 2024; los artículos 94 y 97 de la Constitución Federal se contradicen entre sí al manifestar que «la presidencia de la Corte se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación» [párrafo tercero del artículo 94], y «cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior» [párrafo sexto del artículo 97]. Tal discrepancia, ¿habrá sido por omisión o con intención? Porque desde aquel fatídico 15 de septiembre de 2024, la Constitución Federal ha sido reformada a través de 22 Decretos ¡Y cómo no!, con esa abrumadora mayoría legislativa, ni quién se contraponga a los designios del Oficialismo.Recientemente, el 02 de junio de 2026, el Poder Legislativo reformó incluso decenas de artículos que cambiaron las reglas de las elecciones judiciales programadas ahora para el año 2028; subsanó algunas deficiencias de la reforma judicial de 2024 pero por alguna extraña razón no corrigió la contradicción suscitada entre los artículos 94 y 97 de la Constitución ¿Coincidencia o destino? Porque el Congreso de la Unión debió tener pleno conocimiento de que existía tal discrepancia constitucional. Será tal vez que Lenia Batres, como la siguiente en sucesión para presidir el Alto Tribunal, de acuerdo con el artículo 94: ¿no es del todo grata debido a sus pifias?La Suprema Corte de Justicia, como cabeza del Poder Judicial, ya es una institución política, y en política todo se puede esperar; desde una traición hasta una sumisión. Es un vasto mar con aguas impredescibles y dimensiones profundas.

No se ha cumplido ni un año de los dos que tiene por mandato constitucional el ministro Hugo Aguilar Ortiz para presidir el Alto Tribunal, cuando ya la discusión gira en torno a la sucesión. La ministra Lenia Batres Guadarrama ya se pronunció al respecto y en una entrevista con Hernán Gómez Bruera reconoció que existe la contradicción entre los artículos 94 y 97 de la Constitución pero desde su perspectiva la cuestión contradictoria ya se resolvió en parte porque «una reforma de ley posterior deroga a la anterior» y porque tal disposición constitucional del artículo 94 ya se aplicó en la práctica con la llegada de Aguilar Ortiz a la presidencia de la Suprema Corte de Justicia.

Por otra parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa, posiblemente la favorita de entre sus pares togados para presidir el Máximo Tribunal de acuerdo con el precepto 97 de la Constitución, en entrevista con Roberto Rock exteriorizó estar al tanto de dicha contradicción y el cómo se elegirá al próximo presidente de la Corte debe revisarse por el mismo Pleno de ministros. No hay que pasar desapercibido que Esquivel Mossa buscó presidir la Corte en el año 2022, misma contienda en la que participó y triunfó la ministra Norma Lucía Piña Hernández.

Ya no se habla simplemente de una deliberación constitucional, ya se está en presencia incluso de dos interpretaciones por el poder administrativo del Tribunal más importante de México. Esquivel Mossa considera que será el Alto Tribunal quien tenga que resolver la contradicción pero posiblemente ella sea la favorita para presidir en 2027 y por cuatro años la Suprema Corte de acuerdo con el artículo 97 de la Constitución, mientras que Batres Guadarrama está confiada en que se respetará su sucesión en la presidencia de la Corte de conformidad con el precepto 94 constitucional. Mossa tiene experiencia, diplomacia y logra consensos, Guadarrama tal vez carece de ello. Digámoslo sin eufemismos: en la Suprema Corte de Justicia no se está deliberando justicia, se está deliberando poder. Y la pregunta no es ¿quién presidirá la Corte?, es ¿después de la disputa quedará Corte por presidir?

#SCJN #LeniaBatres #YasmínEsquivel #AbrahamPargaAbogado #OpiniónSLP